MINISTERIO DE INSTRUCCION PUBLICA Y PREVISION SOCIAL
(Reglamentación del Libro de Obligaciones Sociales). - El Poder Ejecutivo reglamentará todo lo referido al mejor cumplimiento de los fines perseguidos en la creación del Libro de Obligaciones Sociales, así como la fecha en que comenzará a aplicarse. CAPITULO XI DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE ESTADO CIVILAyuda