Fecha de Publicación: 14/11/1966
Página: 224-A
Carilla: 4

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Ley 13.552 

Se crea la Caja de Compensaciones por Desocupación en la Industria Frigorífica del Interior para el personal obrero remunerado de los establecimientos frigoríficos que faenen o elaboren carnes y subproductos con destino a la exportación y que no estén incorporados al régimen establecido por la ley 10.562.

Poder Legislativo.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                  DECRETAN:

Artículo 1

   Créase la Caja de Compensaciones por Desocupación en la Industria 
Frigorífica del Interior para el personal obrero remunerado por hora, por
día o destajo, de los establecimientos frigoríficos que directa o indirectamente faenen o elaboren carnes o subproductos, en sus distintas
formas, con destino a la exportación, instalados o que se instalen, en lo
sucesivo, que a la fecha de promulgación de esta ley no estén
incorporados al régimen establecido por la ley N.o 10.562, de 12 de diciembre de 1944.

Por el Consejo: HEBER. - FRANCISCO M. UBILLOS. - WILSON FERREIRA
ALDUNATE. - DARDO ORTIZ. - Modesto Burgos Morales, Secretario.

Ayuda