A los efectos de la adjudicación de los préstamos para viviendas a que
se refiere el artículo anterior, se constituirá una Comisión Asesora
Honoraria de la Vivienda, integrada por tres miembros designados por la
Dirección General de Correos, uno de los cuales la presidirá, y dos
miembros electos por los funcionarios postales.
CAPITULO III
CAJA DE RETIRADOS Y PENSIONISTAS MILITARES