MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fe de erratas publicada/s: 01/08/1967.
Exonérase del impuesto establecido en el artículo 32 de la ley N.o 13.420, de 2 de diciembre de 1965, y sus modificativas a los créditos que conceda el Banco de la República Oriental del Uruguay en virtud de los artículos 21 y 25 de esta ley.