LEY DE EMERGENCIA. SE ESTABLECEN NORMAS SOBRE POLITICA TRIBUTARIA, BANCARIA, COMERCIO EXTERIOR Y FOMENTO INDUSTRIAL, PRECIOS, INGRESOS,
SEGURIDAD SOCIAL Y OBRAS PUBLICAS
El impuesto adicional al patrimonio que se crea por el artículo anterior
podrá ser pagado en seis cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
TITULO II
POLITICA BANCARIA, MONETARIA Y CREDITICIA