LEY DE EMERGENCIA. SE ESTABLECEN NORMAS SOBRE POLITICA TRIBUTARIA, BANCARIA, COMERCIO EXTERIOR Y FOMENTO INDUSTRIAL, PRECIOS, INGRESOS,
SEGURIDAD SOCIAL Y OBRAS PUBLICAS
Las exportaciones de lanas desbordadas, lavadas, peinadas e
industrializadas gozarán de las exoneraciones parciales o totales que sobre los gravámenes del artículo anterior hayan otorgado las disposiciones legales vigentes.
SECCION 2
Nomenclaturas de Aranceles