LEY DE EMERGENCIA. SE ESTABLECEN NORMAS SOBRE POLITICA TRIBUTARIA, BANCARIA, COMERCIO EXTERIOR Y FOMENTO INDUSTRIAL, PRECIOS, INGRESOS, SEGURIDAD SOCIAL Y OBRAS PUBLICAS




Fecha de Publicación: 12/09/1967
Página: 595-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 14/09/1967.

Artículo 7

Autorízase con cargo a Rentas Generales a disponer de la cantidad de $ 
1:500.000.00 (un millón quinientos mil pesos), destinada a financiar los 
trabajos y publicaciones de adecuación de las nomenclaturas del comercio 
exterior, con la exclusión de contratación de personal.


                                SECCION 3

                         Normas complementarias
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