MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
(Inscripciones omitidas). Restablécese la vigencia de la ley N.o 11.153, de 26 de noviembre de 1948, hasta el 15 de julio de 1971. Los términos de los vencimientos a que se refiere dicha ley, en sus artículos 1.os y 5.o, se entenderán con relación al 15 de julio de 1971.Ayuda