Fecha de Publicación: 21/01/1969
Página: 165-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 109

   Créase una Bolsa de Trabajo para los Mensajeros Reemplazantes contratados con cargo al Renglón 021 del Programa 9.07, "Dirección 
General de Telecomunicaciones".
   Dicha Bolsa estará integrada por los reemplazantes que hayan trabajado 
en tareas remuneradas con cargo al referido Renglón - ex Item 3.28 - en 
el lapso comprendido entre el 1° de enero de 1966 y el 30 de junio de 
1968 y sus emolumentos se abonarán con cargo a la disponibilidad de rubro 
existente en el mismo o que se originen a partir de la fecha de promulgación de la presente ley.

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