MINISTERIO DE HACIENDA
Modifícase el artículo 204 de la ley número 13.640, de 26 de diciembre de 1967, que quedará redactado de la siguiente forma: "Artículo 204. Los cargos de Subdirector Nacional de Comunicaciones y Subdirector General de Telecomunicaciones, podrán ser ocupados por personal de los escalafones AaA, Ab, o Ac de acuerdo a lo que la reglamentación correspondiente determine".Ayuda