MINISTERIO DE HACIENDA
Sustitúyese el artículo 263 de la ley número 13.640, de 26 de diciembre de 1967, por el siguiente: "Artículo 263. Cada uno de los miembros del Servicio Oficial de Difusión Radioeléctrica (SODRE) y de la Comisión Nacional de Educación Física percibirá una partida de $ 20.000.00 (veinte mil pesos) mensuales por concepto de Gastos de Representación".Ayuda