MINISTERIO DE HACIENDA
En toda gestión judicial patrocinada por el Centro de Asesoramiento y Asistencia Jurídica al Trabajador, en que recaiga condena en costos a cargo de la parte demandada, el importe corresponderá en su totalidad a los curiales intervinientes, con el tope establecido en el artículo 433 de la ley número 13.640, de 26 de diciembre de 1967.Ayuda