Fecha de Publicación: 21/01/1969
Página: 165-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 303

   Autorízase al Poder Ejecutivo a modificar las denominaciones de las 
diversas oficinas y reparticiones estatales para ajustarlas a la distribución de competencias impuesta por la Constitución vigente.

                             SECCION IX

                     NORMAS SOBRE FUNCIONARIOS
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