Fecha de Publicación: 21/01/1969
Página: 165-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 81

   Cométese al Ministerio de Ganadería y Agricultura el ordenamiento y 
supervisión de las operaciones de compraventa de haciendas remitidas a 
las plantas industrializadoras con destino al abasto o exportación, sin perjuicio de las funciones de contralor sanitario y demás aspectos 
conexos que le asignan las disposiciones legales en vigencia.

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