Fecha de Publicación: 04/12/1969
Página: 588-A
Carilla: 12

MINISTERIO DE TRANSPORTE, COMUNICACIONES Y TURISMO

Ley N° 13.797

Se prorroga la autorización otorgada al Poder Ejecutivo, para explotar 
los Casinos de Punta del Este, San Rafael, Atlántida, Piriápolis, Rivera 
y Carmelo.

Poder Legislativo.

                                    Montevideo, 28 de noviembre de 1969.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del 
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                               DECRETAN:

Artículo 1

   Prorrógase hasta el 30 de noviembre de 1970 la autorización otorgada
al Poder Ejecutivo por el artículo 1° de la ley N° 13.680, de 30 de 
noviembre de 1967, para explotar los Casinos de Punta del Este, San
Rafael, Atlántida, Piriápolis, Rivera y Carmelo.

Artículo 2

   Deróganse los artículos 4° y 9° de la ley N° 12.945, de 21 de 
noviembre de 1961.
   El porcentaje que de las utilidades brutas del juego de los Casinos 
del Estado corresponderá distribuir entre el personal de Administración, 
Fiscalización y/o Vigilancia, Obrero y de Servicio de los mismos y funcionarios presupuestados de la Oficina Central de la Comisión 
Honoraria Asesora y Fiscalizadora de Juegos de Azar, lo será en la forma siguiente:

a) El 9 % se distribuirá de acuerdo a las normas vigentes.
b) Además se distribuirá el 4 % del incremento de las utilidades brutas 
   producido entre un ejercicio y el siguiente, diferencia que se 
   calculará al cierre de cada ejercicio. Con este 4 % se formará un 
   fondo único que se distribuirá entre los funcionarios que tienen 
   derecho a él como si pertenecieran todos a una sola repartición;
c) Tanto el 9 % como el 4 % se distribuirán en base a un sistema de 
   calificación estructurado por el Poder Ejecutivo teniendo como 
   criterios la actuación funcional, la asiduidad, la asistencia, la 
   capacidad, la conducta y la antigüedad de los funcionarios 
   beneficiados.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 28 de 
noviembre de 1969.

   HUGO BATALLA, Presidente.- Andrés M. Mata, Prosecretario.

Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Turismo.

                                    Montevideo, 28 de noviembre de 1969.

   Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el 
Registro Nacional de Leyes y Decretos.- 


PACHECO ARECO.- JOSE SERRATO.
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