MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
El Banco de la República Oriental del Uruguay retendrá anualmente la suma de $ 200:000.000.00 (doscientos millones de pesos) de las detracciones que se apliquen a las exportaciones y la depositará por duodecimos en las cuentas de las referidas Cajas de Compensaciones, en la proporción que se expresa en el articulo 7.o de esta ley.Ayuda