Fecha de Publicación: 20/10/1970
Página: 149-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 240

   Los Secretarios Letrados del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo 
tendrán la misma asignación presupuestal que los Jueces Letrados de 1ra. Instancia en lo Civil (artículo 332 de la Ley Nº 13.640, de 26 de diciembre de 1967).
Ayuda