MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Los bienes adquiridos con las rentas gravadas no declaradas serán
avaluados de la siguiente forma:
A) Para las personas jurídicas de acuerdo a las normas que rigen
para el Impuesto Sustitutivo del de Herencias, y
B) para las personas físicas de acuerdo a las normas que rigen para
el Impuesto al Patrimonio.
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