Ley 13.931
Se instituye para el personal de la empresa "Manuel Erosa S. A." una
Bolsa de Trabajo.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
Institúyese para el personal de la empresa "Manuel Erosa S.A." registrado en planillas al 2 de enero de 1970, una Bolsa de Trabajo, con
vigencia hasta el 31 de diciembre de 1971.