CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 06/08/1985.
Para ejercer la abogacía se requiere: 1º) Título habilitante expedido por la Universidad de la República. 2º) Veintiún años de edad. 3º) Estar inscripto en la matrícula y haber prestado juramento ante la Suprema Corte de Justicia.Ayuda