Fecha de Publicación: 14/02/1986
Página: 707-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 7

    El Ministerio de Transporte y Obras Públicas proporcionará a la
Comisión, sede, equipos y personal necesarios para el funcionamiento de
su Secretaría.
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