Atribuciones específicas de los Consejos Desconcentrados:
A) Compete al Consejo de Prestaciones de Pasividad y Ancianidad lo
atinente a las prestaciones que cubren los riesgos relativos a la
vejez, muerte y determinadas formas de incapacidad.
B) Compete al Consejo de Prestaciones de Actividad lo atinente a las
prestaciones que cubre los riesgos relativos a la maternidad, infancia,
familia, desocupación forzosa y la pérdida de la integridad
sicosomática del trabajador.
C) Compete al Consejo de Asesoría Tributaria y Recaudación lo atinente a
la determinación, percepción y control de los recursos que deben ser
aportados por los afiliados.
D) Compete al Consejo de Administración y Servicios Generales lo atinente
a los servicios comunes al Banco de Previsión Social y a los Consejos
Desconcentrados.