Fecha de Publicación: 29/01/1987
Página: 238-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Ley 15.843

Se crean un "Gran Premio Nacional a la Labor Intelectual" y veintiséis "Premios Anuales de Literatura" que premiarán la labor literaria de escritores uruguayos.

Poder Legislativo.

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                DECRETAN:

Artículo 1

   El Estado premiará la labor literaria de los escritores uruguayos
mediante la adjudicación de:

a) Un "Gran Premio Nacional a la Labor Intelectual", que se otorgará 
   cada tres años, a quien se haya destacado en actividades culturales 
   que hayan significado honor para la República, por la obra realizada a 
   lo largo de su vida; 

b) Veintiséis "Premios Anuales de Literatura" que se otorgarán a los 
   autores de obras, éditas e inéditas, correspondientes al año cuya 
   producción se juzga, de acuerdo a las categorías que se detallan en el 
   artículo siguiente. 
  

SANGUINETTI. - JULIO AGUIAR.
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