Fecha de Publicación: 29/01/1987
Página: 238-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 18

   En caso de adjudicarse los premios, el jurado correspondiente podrá
sugerir a la Comisión Nacional Editora de Publicaciones y al Servicio
Oficial de Difusión, Radiotelevisión y Espectáculos, la difusión de las
obras premiadas. 
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