Fecha de Publicación: 29/01/1987
Página: 238-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA

Artículo 9

   Los tribunales que otorgarán los "Premios Anuales de Literatura"
estarán integrados por cinco miembros designados, uno por el Ministerio
de Educación y Cultura, uno por la Academia Nacional de Letras, uno por
la Facultad vinculada con la categoría que se juzga, y dos por los
concursantes, los cuales serán elegidos de acuerdo al sistema que
establezca la reglamentación de la presente ley, debiendo en todo caso
efectuarse la votación en forma secreta. 
Ayuda