Cuando los servicios de Bomberos procedan a la evacuación total o
parcial con prohibición de reingreso, de personas que habiten construcciones que hayan sufrido deterioros o derrumbes que representen
un peligro potencial para su estabilidad y habitabilidad, para la
seguridad de los bienes o la seguridad pública lo pondrán de inmediato en
conocimiento de la autoridad judicial, policial o municipal competente.
La situación quedará en adelante bajo la responsabilidad exclusiva de
dichas autoridades.
CAPITULO IV
Investigación Posterior al Siniestro