Fecha de Publicación: 08/01/1988
Página: 79-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

   Sustitúyese el literal I) del artículo 11 del Título 4 del Texto
Ordenado 1987, por el siguiente:

   "I) Gastos correspondientes a la obtención de rentas exentas. A tales
efectos no se considerarán rentas exentas las derivadas de la tenencia de
acciones de la Corporación Nacional para el Desarrollo".  
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