Para gozar de los beneficios tributarios y de financiamiento
establecidos en este título, los interesados deberán presentar un plan de
manejo y ordenación para las labores de explotación y regeneración de
bosques. Dicho plan deberá ser aprobado por la Dirección Forestal, la que
deberá requerir que sea acompañado por la firma de ingeniero agrónomo,
técnico o experto forestal de la Escuela de Silvicultura del Consejo de
Educación Técnico-Profesional.