MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
Fe de erratas publicada/s: 09/06/1988.
Anualmente y dentro de los treinta días siguientes a la aprobación o actualización del Plan Nacional de Forestación, la Dirección Forestal del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca elaborará y publicará un programa de promoción a las actividades forestales. CAPITULO IV Prenda de bosquesAyuda