Fecha de Publicación: 13/12/1988
Página: 532-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 109

   Derógase el último inciso del literal C) del artículo 23 de la Ley N°
12.997, de 28 de noviembre de 1961 y sus modificativas, referentes al
complemento de timbres a abonarse en clínicas o consultorios
odontológicos.
Ayuda