MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Las intimaciones en las causas judiciales, con excepción de las relativas a los procesos sobre arrendamientos y desalojos, podrán ser realizadas por telegrama colacionado certificado, cuya copia, una vez agregada al expediente, tendrá todos los efectos de las intimaciones que se practiquen por los Alguaciles.Ayuda