Fecha de Publicación: 13/12/1988
Página: 532-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 160

   Transfórmase en un cargo de Subjefe escalafón C grado 13 una de cada
dos vacantes que se produzcan en los cargos de Jefe escalafón C grado 15,
luego de efectuados los ascensos en base a las calificaciones en curso.
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