Ley 16.083
Se dispone de parte del Poder Ejecutivo, solventar los gastos que demande
la organización y celebración de las elecciones nacionales del 26 de
noviembre de 1989.
Poder Legislativo
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General.
DECRETAN:
Artículo 1
A los efectos de solventar los gastos que demande la organización y
celebración de las elecciones nacionales del 26 de noviembre de 1989, el
Poder Ejecutivo pondrá a disposición de la Corte Electoral hasta N$
2.500:000.000.00 (dos mil quinientos millones de nuevos pesos).
Facúltase a dicho organismo a disponer de estos fondos para la
contratación de hasta veinte funcionarios administrativos, por el término
de seis meses, los que serán destinados a reforzar las Oficinas
Electorales Departamentales de Maldonado, Colonia y Salto.
SANGUINETTI. - FRANCISCO A. FORTEZA. - JORGE TALICE. - RICARDO ZERBINO
CAVAJANI. - Tte. Gral. HUGO M. MEDINA. - NAHUM BERGSTEIN. - ALEJANDRO
ATCHUGARRY. - JORGE PRESNO HARAN. - LUIS BREZO. - RAUL UGARTE ARTOLA. -
ALBERTO ANDRE. - JOSE VILLAR GOMEZ.