El Poder Ejecutivo pondrá a disposición de la Corte Electoral con
cargo a Rentas Generales el importe necesario para solventar los gastos
que demande la realización de las elecciones, con la antelación que aquélla considere indispensable. De la misma manera, procederá el Poder Ejecutivo con el Banco de Previsión Social con relación a los gastos que le demande la elaboración de los padrones que deberá remitir a la Corte Electoral.