Fecha de Publicación: 09/07/1993
Página: 663-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 25

   Facúltase al Poder Ejecutivo a eliminar, total o parcialmente, el
régimen de reserva de cargas en cada una de las líneas donde operen los
buques de bandera nacional, teniendo en cuenta la reciprocidad efectiva y
las condiciones especiales que existan en los distintos tráficos o
servicios. 
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