Ley 16.470
Modifícanse disposiciones del Texto Ordenado año 1991, referente a determinadas deudas.
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General.
DECRETAN:
Artículo 1
Sustitúyese el literal B) del inciso cuarto del artículo 13 del Título 14
del Texto Ordenado 1991 por el siguiente:
"B) Las deudas contraídas con organismos internacionales de
crédito que integre el Uruguay y con la Corporación Nacional para el
Desarrollo".