MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Agrégase al inciso cuarto del artículo 13 del Título 14 del Texto Ordenado 1991 el siguiente literal: "E) las deudas documentadas en debentures u obligaciones, siempre que su emisión se haya efectuado mediante suscripción pública y que dichos papeles tengan cotización bursátil".Ayuda