Fecha de Publicación: 03/10/1994
Página: 9-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 19

   De acuerdo a sus cometidos específicos y en lo pertinente, quedan
obligadas a remitir información las Intendencias Municipales y las
dependencias de los Ministerios del Interior y de Defensa Nacional.
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