Fecha de Publicación: 03/10/1994
Página: 9-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 2

      La Comisión Nacional que se crea por la presente ley tendrá como
finalidad preservar la salud y seguridad públicas en las vías de tránsito
de todo el territorio nacional.
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