CONSEJO DE MINISTROS
Facúltase al Poder Ejecutivo a disminuir hasta en cinco puntos porcentuales la tasa del impuesto previsto en el artículo 489 de la Ley N° 16.320, de 1° de noviembre de 1992, correspondiente a los juegos denominados "5 de Oro" y "5 de Oro Junior", a efectos de optimizar su recaudación.Ayuda