Quienes perciban ingresos superiores a diez Salarios Mínimos
Nacionales mensuales no generarán derecho al cobro de beneficios por
Asignaciones Familiares.
Cuando de un atributario dependan tres o más personas en calidad de
beneficiarios el tope establecido en el inciso precedente se
incrementará a razón de un Salario Mínimo Nacional por cada uno de ellos
que exceda el mínimo de dos beneficiarios.