Ley 16.699
Apruébanse determinadas modificaciones al Código General del Proceso
(982*R)
El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General
DECRETAN:
Artículo 1
Agréganse al artículo 545 del Código General del Proceso los
siguientes literales:
"f) El proceso de regulación de honorarios establecido por el
artículo 144 de la Ley N° 15.750, de 24 de junio de 1985.
g) El proceso de toma urgente de posesión previsto en el artículo 42
de la Ley N° 3.958, de 28 de marzo de 1912, en la redacción dada por el
Decreto Ley N° 10.247, de 15 de octubre de 1942".