El Ministerio del Interior coordinará con el Ministerio de Educación y
Cultura, a través del Instituto Nacional de la Juventud (INJU), la
Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), el Instituto
Nacional del Menor (INAME), la Junta Nacional de Empleo u otros
organismos competentes, la aplicación de políticas de prevención y
educación relacionadas con los problemas de la juventud, pudiendo
celebrarse los convenios que a tal fin se consideren necesarios.
El Poder Ejecutivo reglamentará esta disposición.