(Información al público). Las Administradoras deberán mantener en sus
oficinas, en un lugar claramente visible para el público, como mínimo, la
siguiente información escrita y actualizada:
1) Antecedentes de la institución, indicando el nombre y apellido de
sus directores, administradores, gerentes y síndicos.
2) Balance general del último ejercicio, estados de resultados y de
distribución de utilidades, si lo hubiere.
3) Valor del Fondo de Ahorro Previsional, del Fondo de Fluctuación de
Rentabilidad y de la Reserva Especial.
4) Régimen e importe de las comisiones vigentes.
5) Composición de la cartera de inversiones del Fondo de Ahorro
Previsional y nombre de las entidades depositarias de los títulos y de
los depósitos, así como de las empresas aseguradoras, en donde se hubiera
contratado el seguro de los riesgos de invalidez y de fallecimiento en
actividad.
Esta información deberá ser actualizada mensualmente, dentro de los
primeros diez días de cada mes, o en ocasión de cualquier acontecimiento
que pueda alterar en forma significativa el contenido de la información a
disposición del público.