Fecha de Publicación: 24/10/1995
Página: 82-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Ley 16.720

Increméntase el monto de la contribución mensual de cada beneficiario de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas.
(2516*R)

   El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                DECRETAN:

Artículo 1

   Increméntase en el 50% (cincuenta por ciento) la contribución mensual
de cada beneficiario de la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas
Armadas a dicha Institución a que refiere el decreto-ley Nº 15.675, de 16
de noviembre de 1984, el cual se liquidará y pagará en la misma forma y
condiciones previstas en la citada norma.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA - JUAN ALBERTO MOREIRA.
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