Fecha de Publicación: 07/10/1996
Página: 16-A
Carilla: 2

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 14

   (Hechos relevantes).- La sociedad administradora del Fondo está
obligada a divulgar, en forma suficiente y oportuna, todo hecho o acto
relevante que pudiera influir significativamente en la cotización de las
cuotapartes, o en la decisión de los inversores de adquirir o negociar
dichos valores.

                               CAPITULO II
                          CONSTITUCION DEL FONDO
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