Derógase la Ley Nº 10.066, de 16 de octubre de 1941.
Sala de Sesiones de la Cámara de Representantes, en Montevideo, a 25 de
noviembre de 1997. CARLOS BARAIBAR, Presidente - MARTIN GARCIA NIN,
Secretario
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE TURISMO
Montevideo, 21 de diciembre de 1997
Habiendo expirado el plazo previsto en la Constitución de la República
y de conformidad con lo establecido por su artículo 144, cúmplase, acúsese
recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de
Leyes y de Decretos.