Fecha de Publicación: 14/05/1999
Página: 233-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Ley 17.088

Dispónese que la Dirección del Centro de Estudios Judiciales del Uruguay
podrá ser ejercida por un Ministro del Tribunal de Apelaciones.
(767*R)

                            PODER LEGISLATIVO

El Senado y la Cámara de Representantes de la República Oriental del
Uruguay, reunidos en Asamblea General,

                                 DECRETAN

Artículo 1

 La Dirección del Centro de Estudios Judiciales del Uruguay podrá ser
ejercida por un Ministro del Tribunal de Apelaciones.

SANGUINETTI - GUILLERMO STIRLING - DIDIER OPERTTI - JUAN ALBERTO MOREIRA
- JUAN LUIS STORACE - YAMANDU FAU - LUCIO CACERES - JULIO HERRERA - ANA
LIA PIÑEYRUA - RAUL BUSTOS - IGNACIO ZORRILLA DE SAN MARTIN - BENITO
STERN


Recibido por D. O. el 11 de Mayo de 1999
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