CONSEJO DE MINISTROS
Fe de erratas publicada/s: 14/07/2000.
Agrégase al artículo 3º del Título 3 del Texto Ordenado 1996 el siguiente inciso: "El plazo a que refiere el inciso anterior será de tres años en el caso de importaciones de computadoras personales y las impresoras vinculadas directamente a las mismas". CAPITULO VII TRANSPORTE Sección 1ª Puerto de MontevideoAyuda