Sustitúyese el inciso primero del artículo 1º de la Ley Nº 16.814, de 21
de marzo de 1997, por el siguiente:
"Facúltase al Ministerio del Interior a contratar por el plazo de seis
meses, prorrogable por iguales períodos, hasta doscientos retirados
policiales para desempeñar funciones correspondientes al Subescalafón
Ejecutivo, con destino a la creación de una Policía Ciudadana que
dependerá de la Jefatura de Policía de Montevideo. Los contratos que no
fueren realizados con retirados policiales se proveerán designando
personas de hasta veinticinco años de edad con al menos el primer ciclo
de secundaria aprobado. En el caso de estos últimos, transcurridos dos
años, si su desempeño así lo justifica, el Ministerio del Interior podrá
designarlos Agente de Primera".